Acta de la Junta de Propietarios


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Los acuerdos de la Junta de propietarios serán redactados por el administrador colegiado o por el presidente de la comunidad en la denominada Acta de la Junta de Propietarios. El Acta de Junta de Propietarios deberá indicar :

  1. La fecha y el lugar de celebración.
  2. El nombre del presidente o, en su caso, los propietarios que la hubiesen promovido.
  3. Si la Junta es ordinaria o extraordinaria y la indicación sobre su celebración en primera o segunda convocatoria.
  4. Relación de todos los asistentes , así como de los propietarios representados, con indicación, en todo caso, de sus cuotas de participación.
  5. El orden del día de la reunión, o puntos a tratar con los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo, de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que, respectivamente, representen.

 

 

 

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