Cuando se produce el impago de las cuotas comunitarias por una vivienda, la comunidad de propietarios puede demandar judicialmente, el procedimiento es el siguiente: «se deberá aprobar en junta la liquidación de la deuda, que deberá constar por escrito en el acta y se emitirá un certificado de la misma que se debe comunicar al propietario moroso instándole a que la abone». Si el impago persiste «se acudirá a la vía judicial presentando una demanda de Procedimiento Monitorio, que se tramitará ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar en donde se halle la finca».