La Junta de Propietarios en la comunidad


La Junta de Propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios , o un numero de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación. según el art. 16 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *