Prohibir Subir con Perro en el Ascensor?. En la mayoría de localidades existe una normativa municipal de transito de animales domésticos en las Comunidades de Propietarios, el administrador de la comunidad o bien, el propio ayuntamiento puede informar al respecto, ya que en la L.P.H. no hay nada contemplado.Por lo general, en las diferentes ordenanzas se indica que siempre tienen preferencia en el uso del ascensor las personas, por lo que en caso de coincidir otro vecino con la persona que lleva el animal, si éste vecino no quiere subir a la vez (de hecho el dueño del animal tendría que ser él quien indicara esta situación) y además tendría que esperar a que el ascensor esté vacío para utilizarlo.
También se indica que todos los animales de compañía deben ir, mientras transiten por la Comunidad, acompañados en todo momento por su dueño, atados con la correa, y si están contemplados dentro de la lista de perros potencialmente peligrosos, deberán ir con bozal puesto.
Ni que decir que si el animal hace sus necesidades en alguna zona común, aunque es de sentido común, el propietario esta obligado a recogerlo y limpiar la zona.