Obras en Viviendas o Elementos Privativos del Edificio


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Las Viviendas o Elementos Privativos del Edificio pueden ser configurados por sus propietarios libremente, al ostentar plena propiedad sobre las mismas, si bien con las siguientes limitaciones legales: Que no menoscabe o altere la seguridad, la estructura, y la configuración o estado del edificio y también que no perjudique los derechos de otros propietarios.

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